A LOS/AS TRABAJADORES/AS DEL SECTOR DE LA HOSTELERÍA EN CANARIAS

29 de Abril de 2020

Compañeras y Compañeros, desde hace semanas, los sindicatos con Representación Sindical en el sector de la Hostelería de Canarias, llevamos trabajando para alcanzar un acuerdo unitario imprescindible para afrontar, desde la unidad de acción sindical y de forma conjunta, una respuesta en la defensa de los/as trabajadores/as del sector de la Hostelería de Canarias, ante la gravísima situación actual derivada del estado de alarma decretado por el Gobierno ante la crisis sanitaria del Covid 19, y sus debastadoras consecuencias en el sector turístico.

Los/as más de 130.000 trabajadores/as de la Hostelería en Canarias, confinados en sus casas con sus familias, abocados sin remedio a unos ERTES que suponen una reducción de sus ingresos, y con la incertidumbre de su futuro laboral y su puesto de trabajo después de la crisis, se encuentran en una situación que nos obliga al movimiento sindical a dejar absolutamente al margen nuestras diferencias y centrarnos en lo que nos debe unir, la evidente unidad sindical en la firme respuesta ante las patronales y empresas del sector y ante la diferentes administraciones y Gobierno de Canarias, con un paquete de medidas destinadas a garantizar y proteger el empleo y complementar las prestaciones por desempleo por parte de las empresas para que puedan en ambos casos aliviar la angustia actual que vive la clase trabajadora en una crisis que, desde luego, en el sector turístico, se va a prolongar más allá de que finalice el actual estado de alarma, que cada semana se va prolongando en su vigencia por parte del Gobierno.

En los últimos días hemos acelerado el ritmo de las reuniones y cedido todos para alcanzar un documento de unidad, no podíamos llegar al 1º de Mayo de 2020, sin un paquete de medidas acordadas, que se desglosan en la Resolución adjunta que será trasladada de forma urgente tanto a las patronales del sector de la Hostelería en Canarias, como al Presidente y Consejeras de Empleo y Turismo del Gobierno de Canarias, que se debe involucrar en un gran “Pacto del Turismo en Canarias".

Lamentamos que los/as compañeros/as de CC.OO. al final no se hayan sumado al acuerdo, pero los sindicatos firmantes de la Resolución instamos a que reconsideren su posición y se sumen al acuerdo, no seremos nosotros los que opinemos sobre sus motivos, les corresponderá en su caso a ellos a dar las explicaciones, no es el momento de la crítica, es el momento de la unidad, es el momento de remar todos en la misma dirección, y es el compromiso de los cinco sindicatos firmantes de la Resolución, y desde mañana mismo empezaremos a trabajar en la firme defensa de todos y cada uno de los objetivos establecidos en la misma.

¡VIVA LA UNIDAD DE ACCIÓN SINDICAL! - ¡VIVA EL 1º DE MAYO!

 

 

ACUERDO

Los sindicatos firmantes de la presente Resolución, con representación en el sector de la Hostelería en Canarias, entienden que la prioridad ante la actual crisis económica derivada de la crisis sanitaria del COVID 19, que incide con mayor gravedad en el sector de la Hostelería, debe ser la protección del empleo de sus cerca de 130.000 trabajadores/as en Canarias.

En tal sentido se le debe exigir a un sector, que ha atravesado los últimos años una etapa dorada de facturación y beneficios, estar a la altura a la hora de afrontar el drama que atraviesan el conjunto de los/as trabajadores/as.

Así mismo se debería valorar por el Gobierno de Canarias, con objeto de dar liquidez a las empresas para afrontar la grave crisis que atraviesa el sector turístico, y que esta sirva a su vez para dar garantías al empleo y recursos a sus trabajadores/as, el desbloqueo para su utilización de la potente herramienta que supone la RIC derivada del REF de Canarias

Es evidente que la finalización del estado de alarma no supondrá una próxima o inmediata recuperación de la actividad en las empresas del sector, la cual sin duda será progresiva, y requerirá de nuevas medidas de protección para el conjunto de los/as trabajadores/as, tanto en la prioritaria protección al empleo, como en cuanto a la aportación por la empresas de recrsos económicos y complementos por parte de las empresas a las prestaciones por desempleo, tanto en el ámbito de la posible prórroga de los actuales ERTES de fuerza mayor en el sector turístico, una vez finalice el estado de alarma, ante la continuidad de las restricciones de movilidad y trasnporte, así como otras medidas de prevención del riesgo de contagio y expansión de la enfermedad del COVID 19, tanto en Canarias, como en el conjunto del país, y en el ámbito internacional, que determinará la imposibilidad de evitar una recuperación lenta y progresiva del sector, al menos seis meses desde que se levante el estado de alarma, en los términos solicitados al Gobierno por la patronal estatal y los sindicatos más representativos en dicho ámbito; como en el ámbito de los ERTES por causas organizativas y de producción que las empresas del sector están trasladando a la Representación Legal de los Trabajadores, en la apertura del periodo de consultas.

Por lo expuesto los sindicatos firmantes de la presente Resolución acuerdan trasladar a las patronales del sector de la Hostelería en Canarias, y a las Consjerías de Empleo y Turismo del Gobierno de Canarias, la convocatoria urgente de una reunión en la que se acuerden, en el ámbito de la negociación colectiva sectorial, acuerdos con los siguientes puntos de negociación en el ámbito de los diferentes ERTES por fuerza mayor, de aplicación actual, como de futuros ERTES por causas organizativas o de la prodcción que se puedan establecer en las empresas del sector:

1º.- Garantías al empleo por las que, con independencia del mantenimiento del volumen de empleo durante un mínimo de seis meses desde la finalización de los actuales ERTES de fuerza mayor o sus prórrogas, en los términos previstos en la Disposición Adicional Sexta del RDL 8/2020, se establece la imposibilidad de las empresas del sector de acogerse durante los años 2020, 2021 y 2022 a despidos objteivos o colectivos en los términos previstos en los artículos 51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores.

2º.- Establecer para garantizar la liquidez económica de los/as trabajadores/as, durante el periodo que sus ingresos se verán limitados a las prestaciones por desempleo, el derecho a percibir anticipos a cuenta de las Pagas Extras y la Bolsa de Vacaciones, como parte de su salario anual, y en los términos previstos en el artículo 29.1 del Estatuto de los Trabajadores.

3º.- Establecer el complemento por parte de la empresa hasta el 100% de las Pagas Extras de Mayo/Junio y Diciembre y de la Bolsa de Vacacionesde los años 2020 y 2021.

4º.- Establecer en cada centro de trabajotras su apertura un sistema de llamamiento del personal de forma escalonada, según vaya recuperando la actividad y ocupación en cada centro de trabajo, debiendo ajustarse la plantilla en todo momento a las necesidades del servicio en cada departamento, tanto en el servicio a los clientes, como en unos ritmos adecuados y medidas de protección que no pongan en riesgo la seguridad y la salud laboral del conjunto de los/as trabajadores/as, incorporándose inicialmente la Dirección y Jefes/as de Departamento y el conjunto de la Representación Legal de los/as Trabajadores/as.

A tal efecto y según se vaya recuperando la ocupación se irán incorporando el resto de personal de cada departamento, a cuyo efecto se establecerá una lista de incorporación entre la empresa y la Representación Legal de los Trabajadores, en la que debe prevalecer la antigüedad del trabajador/a.

5º.- La empresa deberá garantizar tras la incorporación del personal fijo la contratación del personal eventual que a consecuencia de la crisis vieron rescindida o finalizada la relación laboral con la empresa.

6º.- Los/as trabajadores/as se incorporarán a sus puestos de trabajo manteniendo todos sus derechos y garantías, categorías, funciones, salario, turnos, días libres, etc), que venían disfrutando antes de decretarse el estado de alarma y la orden decierre de los hoteles y su traslado a los ERTES de fuerza mayor establecidos de forma generalizada en el sector.

7º.- La empresa complementará, tras la apertura del centro de trabajo, las prestaciones por desempleo del personal que permanezca en el ERTE, en base a su ocupación en los siguientes porcentajes:

- Hasta el 30% de ocupación,hasta el 80% de la base total de cotización del trabajador/a.

- Del 31 al 50 % de ocupación, hasta el 85% de la base total de cotización del trabajador/a.

- Del 51 al 70% de ocupación, hasta el 90% de la base total de cotización del trabajador/a.

- A partir del 70% de ocupación deberá estar incorporada toda la plantilla fija.

8º.- A su incorporación a su puesto de trabajo la empresa abonará al trabajador/a la bolsa de vacaciones del año 2020 en su totalidad, sin descuento alguno por el periodo de inclusión en el ERTE.

 9º.- La empresa, sin menoscabo en lo establecido en el punto quinto de la presente Resolución,no podrá establecer la realización de Horas Extraordinarias ni Horas Complementarias durante la duración del ERTE, ni realizar contrataciones eventuales, ni a través de Empresas de Trabajo Temporal mientras haya personal del departamento sin incorporarse del ERTE a su puesto de trabajo.

10º.- Se deberá constituir una Comisión Técnica de Prevención de Riesgos a la Salud y Seguridad integrada por la patronal y los sindicatos con la participación de los/as TPRL y la participación de ICASEL con objeto de establecer los criterios y medidas preventivas para el personal que se incorpore, acorde a las recomendaciones que se vayan realizando desde el Ministerio de Sanidad y con la regulación que establece a tal efecto la Guía de Buenas Prácticas elaborada para el Sector Turístico.

Así firman la presente en Santa Cruz de Tenerife / Las Palmas de Gran Canaria a 28 de Abril de 2020

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